viernes, 21 de noviembre de 2008

LAS VERTIENES DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA:

INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTARIA:

Es el área más antigua de la Informática Jurídica.

Entre los sistemas de Informática Jurídica Documentaria se trata de crear un banco de datos jurídicos (o corpus jurídico documentario) relativo a cualquiera de las fuentes del Derecho (menos la costumbre) a fin de realizar consultas con base en criterios propios acordes a esa información y su relevancia jurídica.

Informática Jurídica Documentaria. Son bancos de datos jurídicos que sirven para consultarlos para adecuadas tomas de decisión de índole legal.

Al principio, los criterios jurídicos prevalecieron sobre los informáticos.[1]

Los primeros sistemas de interrogación de bancos de datos jurídicos fueron los sistemas batch, es decir, aquellos que permitían la búsqueda en los archivos, ya sea por texto o palabras en orden alfabético, que indicaban, una vez señalada una palabra, la “dirección” donde estaba almacenada en todos los documentos del archivo, comparándolos simplemente. El uso de los operadores proposicionales permitía (y permite aún por ser una fase en uso) la combinación de palabras, a fin de tornar más específico el campo de los documentos buscados.

De los sistemas batch se pasó a los sistemas on—line, que permiten la posibilidad de establecer interrelación a distancia con objeto de precisar la pregunta mediante un diálogo entre el usuario y la máquina.

La informática jurídica documental tiene por objeto la automatización de los sistemas de información relativos a las fuentes de conocimiento jurídico: legislación, jurisprudencia y doctrina. En las circunstancias actuales el acceso de los profesionales del derecho a sistemas adecuados de documentación jurídica informatizada resulta del todo imprescindible. La inflación normativa es sin duda uno de los fenómenos característicos de las sociedades tecnológicamente avanzadas del presente. El flujo incesante de leyes y decisiones jurisprudenciales, cuyo exacto y puntual conocimiento es imprescindible para el funcionamiento correcto del sistema jurídico, hace materialmente imposible su discernimiento, interpretación y aplicación por los operadores jurídicos. La crisis de la información jurídica precipita en las tinieblas al ordenamiento jurídico.[2]

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS:

La finalidad de la informatización en un sistema documentario consiste en encontrar lo más rápida y pertinentemente posible la información que ha sido almacenada. El conjunto de esas informaciones constituye el banco de datos o corpus. La interfase almacenamiento—recuperación de información jurídica se manifiesta a través del siguiente proceso:

  1. La entrada de documentos (leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina, acuerdos, etc.) se efectúa de manera codificada y comprensible para la máquina.
  2. La búsqueda de documentos significativos se efectúa de la manera siguiente: la combinación de palabras deseadas, según la información escogida, será introducida en la computadora que comparará toda la base documentaria y señalará una concurrencia importante cada vez que la comparación de los códigos puedan ser combinados gracias a los operadores booleanos (provienen de la lógica de Boole) “y”, “o” y “salvo” de modo que la búsqueda gane eficacia.

Toda búsqueda documentaria deja escapar documentos que pueden ser interesantes o, a la inversa, conduce a documentos que no se relacionan con la cuestión estudiada y que va en función de la misma documentación informatizada; en este caso, las informaciones inútiles constituyen un ruido informático y las informaciones útiles que no han sido comunicadas constituyen un silencio informático.

Ruido Informático. Es la información innecesaria que surge en la búsqueda documentaria.

Silencio Informático. Es la falta de información pertinente en una consulta.[3]

ESQUEMAS DE REPRESENTACIÓN DOCUMENTARIA:

El problema principal que se enfrenta en la constitución de un sistema de documentación jurídica automatizado está en función de la naturaleza híbrida del lenguaje jurídico. A diferencia de la mayoría de las otras disciplinas, el Derecho no utiliza un lenguaje “científico” al no ser puramente descriptivo o preciso.

De esta forma, el lenguaje jurídico no describe al Derecho como objeto, sino en gran medida al Derecho mismo, por otra parte, cada uno de los términos empleados no corresponde a una realidad o a un objeto: la ambivalencia estriba en la misma naturaleza profunda del Derecho, a lo cual difícilmente se presenta objeción.

Las palabras que integran los documentos jurídicos no pueden ser consideradas como unidades fundamentales con un sentido cada una.

El estilo jurídico recurre a comparaciones o efectos que pueden hacer intervenir una noción análoga en el curso de un texto; también pueden sugerir una noción o situación sin que el término que señala más habitualmente no aparezca en realidad.

Las dificultades inherentes al estilo jurídico presentan dos métodos de almacenamiento de datos documentarios:

  • Método del texto integral (full text). Consiste en introducir textos íntegros en la computadora.
  • Método de indización (key Word). Implica el análisis previo de los textos antes de introducirlos a la memoria de la computadora.[4]

Cada documento es objeto de un resumen más o menos sintético que recibe el nombre de abstract.

La tendencia generalizada para los sistemas importantes es la de combinar las ventajas del texto integral y aquellas derivadas de la indización para aumentar la eficacia de la búsqueda, por lo que se menciona la existencia de un tercer método: el combinado.

PROBLEMAS DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL

El tratamiento automatizado de la documentación jurídica solamente puede lograr sus objetivos de celeridad, exactitud y exhaustividad, si resuelve los problemas que plantea su implantación. Dichos problemas revisten distinto alcance y significado: unos son de naturaleza predominantemente técnica, esto es, se refieren a las exigencias de adecuación del hardware y el software a las metas propuestas a los sistemas de documentación jurídica automatizada, para garantizar su operatividad; otros poseen una dimensión ideológica o política y tienen como objeto la formulación de una auténtica política de la informática jurídica documental, a la delimitación de la estructura de funcionamiento de los sistemas, así como establecer su finalidad. Esta distinción, en cierto modo, permite situar la problemática técnica en el ámbito de la informática jurídica, mientras que muchas de las cuestiones relacionadas con la política de los sistemas informatizados de documentación jurídica se insertarán en la sede teórica del Derecho de la Informática.[5]

PROBLEMAS A NIVEL GRAMATICAL:

La sintaxis jurídica presenta dificultades a nivel gramatical que constituyen serios problemas lingüísticos para la recuperación de información jurídica y que podemos clasificar de la siguiente manera:

  • Sinónimos: es cuando una idea se puede expresar con dos o más palabras diferentes, por ejemplo: cementerio, panteón o camposanto.
  • Polisemias u homografías: este fenómeno se presenta cuando una palabra tiene dos o más sentidos. Por ejemplo, el término Constitución puede aludir a una acepción jurídica equivalente a Carta Magna o bien referirse a la formación de una sociedad.

Constituyen un problema para efectos de recuperación.

  • Analogías: es cuando dos o más palabras, provenientes de diferente raíz se refieren a ideas parecidas; por ejemplo: mora y retardo o plazo y término.
  • Antónimos: se da entre una palabra y otra con sentido opuesto; por ejemplo: constitucional e inconstitucional.
  • Formas sintácticas: consisten en la manera en que una misma idea se puede expresar a través de diversas relaciones sintagmáticas; por ejemplo: a) creación de una empresa; b) una empresa se creó, etc.
  • Orden de términos: en el caso de modificación del orden de los términos, podemos encontrar un cambio en el sentido, por ejemplo: a) acción de enriquecimiento ilegítimo; b) ilegítima acción de enriquecimiento, etc.[6]

INSTRUMENTOS LINGÜÍSTICOS:

Léxico Informático. Consiste en la organización de todas las palabras con contenido informático, almacenadas en computadora por nociones y subnociones bajo un criterio morfológico semántico, con la finalidad de resolver los problemas de sinónimos y ayudar a resolver los de homografía o polisemia.

El Thesaurus. Éste pretende servir de medio de apoyo al usuario para resolver los problemas de analogía, antónimos y aislamiento semántico de las palabras polisémicas al momento de la interrogación.

Se construye a partir de las nociones del léxico y su connotación es distinta a la empleada en los términos de biblioteconomía.

El Thesaurus se convierte en un léxico jerarquizado que comprende una red de interconexiones, exclusiones, discriminaciones y proximidades semánticas bajo la forma de listas de sustitutivos de contrarios, términos vecinos o genéricos, etc. A cada interrogación, el thesaurus orienta la exploración a fin de disminuir, automáticamente o en la conversación con el usuario, los problemas de ruido y silencio.

Los thesaurus pueden ser abiertos o cerrados, lo cual dependen de que se les pueda o no agregar nuevos elementos.

Existen en el mundo varios sistemas en operación a nivel de Informática Jurídica documentaria que datan desde hace algunos años. LEXIS, WESTLAW, ITALGIURE FIND, CELEX, PRODASEN, CREDOC.

En México tenemos: el UNAM-JURE, el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el de la Cámara de Diputados, el de la Cámara de Senadores y, a nivel privado, AULEX, PEMSA, Infosel Legal, etc.[7]

Como rama de la informática jurídica, se ha dicho que es la aplicación de técnicas informáticas a la documentación jurídica en los aspectos sobre análisis, archivo y recuperación de información contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier otro documento con contenido jurídico relevante.

[…] la aplicación de técnicas documentales forman la parte inicial del desarrollo de la informática jurídica documental, ya que posteriormente debe existir la aplicación de técnicas informáticas.

[…] para hablar de informática jurídica, necesitamos identificar de la información, que en nuestro caso sería la jurídica, toda aquélla pertinente al caso concreto; teniendo ésta, es determinante tratarla por medio de la estructuración con la aplicación de la lógica o la argumentación para, posteriormente, mediante los instrumentos lingüísticos apropiados, incorporarla a la computadora. No será informática jurídica documental la simple incorporación de textos jurídicos a una computadora.[8]

CONCLUSIONES

La proyección de la informática a la documentación jurídica representa un aspecto de las proyecciones sociales del desarrollo tecnológico. Un desarrollo que se halla hoy definido y condicionado por el protagonismo de la información, así como por las posibilidades para su almacenamiento, proceso y difusión, anteriormente insospechadas. La racionalidad técnica de estos avances garantiza su objetividad, aparentemente indiscutible, pero, al propio tiempo, con ello descalifica cualquier tentativa de resistencia. De ahí que sea necesario proceder continuamente a una valoración de la tecnología, o technology assessment, o sea, a constantes juicios valorativos de los riesgos y ventajas de cada una de las innovaciones de la tecnología; por tanto, también de la tecnología jurídica.[9]



[1] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. p 28.

[2] PÉREZ-Luño, Antonio Enrique. Ibid. pp. 41, 42.

[3] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. pp 28,29

[4] TÉLLEZ Valdés, Julio. Supra. p. 30.

[5] PÉREZ-Luño, Antonio Enrique. Ibid. p. 62

[6] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. pp 31,32.

[7] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. pp 33,34.

[8] RÍOS Estavillo, Juan José. Ibid. pp. 57, 59, 60.

[9] PÉREZ-Luño, Antonio Enrique. Ibid.81, 82.

No hay comentarios: