viernes, 21 de noviembre de 2008

DERECHO DE LA INFORMÁTICA:

ANTECEDENTES Y CONCEPTO:

El Derecho de la Informática, como instrumento regulador del fenómeno informático en la sociedad, no ha sido estudiado de la misma forma que la Informática Jurídica, porque se ha dado más importancia a los beneficios que a los eventuales perjuicios que puedan traer consigo las computadoras respecto al Derecho y la sociedad en general.

El Derecho de la Informática se define como el conjunto de leyes, normas y principios aplicables a los hechos y actos derivados de la Informática. Es decir, es un conjunto de leyes en cuanto que, si bien escasos, existen varios ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales con alusión específica al fenómeno informático.

El concepto de normas se debe a aquellos lineamientos que integran la llamada política informática.

El término principios es en función de aquellos postulados emitidos por jueces, magistrados, tratadistas y estudiosos del tema.

Por otra parte se refiere a hechos como resultado de un fenómeno relacionado con la informática inimputable al hombre.

Por último, se alude a actos como resultado de un fenómeno vinculado a la informática y provocado por el hombre.[1]

FUENTES:

Para atribuir una eventual autonomía a esta disciplina jurídica es menester hacer alusión, entre otras cosas, a aquellas fuentes de donde emana propiamente este conjunto de conocimientos.

A nivel interdisciplinario, están aquellas provistas por el mismo Derecho, como es el caso de la legislación, que es relativamente incipiente al respecto, sin embargo, aquí cabría señalar aquellas disposiciones sobre otras áreas caracterizadas por guardad un nexo estrecho con respecto al fenómeno informático, como es el caso de los ordenamientos en materia constitucional, civil, penal, laboral, fiscal, administrativa, procesal, internacional, entre otras.

Así mismo, en cuanto a la jurisprudencia, doctrina y literatura sobre el tema, existen algunos pronunciamientos, teorías y artículos respecto a los problemas jurídicos suscitados por la Informática.[2]

POLÍTICA INFORMÁTICA:

Para un desarrollo adecuado de la Informática es necesaria una planificación mediante normas que a su vez conforman una política (en este caso informática) diferente a una legislación en cuanto a que esta última se refiere a aspectos más específicos.[3]

LEGISLACIÓN INFORMÁTICA:

A diferencia de la política informática, la legislación informática es un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo derivadas del uso (fundamentalmente inadecuado) de la informática, es decir, que aquí se trata de una reglamentación de puntos específicos.

Sea independiente de las consideraciones que sean, dicha reglamentación deberá contemplar las siguientes problemáticas:

  • Regulación de los bienes informacionales: esto es porque la información como producto informático requiere de un tratamiento jurídico en función de su innegable carácter económico.
  • Protección de datos personales: se refiere al atentado a los derechos fundamentales de las personas provocado por el manejo inapropiado de informaciones nominativas.
  • Regulación Jurídica de Internet: implica favorecer o restringir la circulación de datos a través de las fronteras nacionales.
  • Propiedad Intelectual e Informática: debe abarcar los temas de protección de los programas de cómputo y regulación de nombres dominio, ambos derivados de las acciones de piratería.
  • Delitos Informáticos: sancionar la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tengan a las computadoras como instrumentos para realizarlos.
  • Contratos informáticos: en función de esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones fundamentalmente económicas.
  • Comercio electrónico: nueva forma de comercialización automatizada de bienes y servicios de todo tipo.
  • Aspectos laborales de la Informática: como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades: ergonomía y teletrabajo.
  • Valor probatorio de los soportes modernos de información: provocado por la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.[4]


RESÚMEN:

  • Algunos conceptos básicos del Derecho Informático son: la Cibernética, Informática, computación, sociedad de la información, Informática Jurídica y Derecho de la Informática.
  • La Cibernética es la ciencia de la comunicación y control entre el hombre y la máquina. La Informática es la técnica destinada al tratamiento lógico y automatizado de la Información, con miras a una adecuada toma de decisiones.
  • Las computadoras son el medio por el que el hombre controla información. En la actualidad la computación se ha masificado; es decir, la mayoría de la gente usa tecnología de este tipo para conocer e intercambiar datos, a esto se le llama sociedad de la información.
  • Se propone que la sociedad de la información sea incluyente y que se rija bajo ciertos principios éticos y jurídicos.
  • El Derecho Informático es una disciplina jurídica reciente y que tiene por objeto el regular ciertos fenómenos socio—informáticos que no están legislados.
  • Dentro de los fenómenos que se suscitan debido al uso masivo de la computación e Internet, que no están tutelados, son: la protección de datos personales, la propiedad intelectual, delitos y contratos informáticos, así como el comercio electrónico, entre otros.[5]

TÉRMINOS CLAVE:

  • Cibernética
  • Informática
  • Computadoras
  • Sociedad de la información
  • Derecho Informático
  • Informática Jurídica
  • Derecho de la Informática
  • Legislación informática[6]


[1] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. pp 20,21.

[2] TÉLLEZ Valdés, Julio. Supra. p 21,22

[3] TÉLLEZ Valdés, Julio. Supra p 22.

[4] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. pp 23,24

[5] TÉLLEZ Valdés, Julio. Ibid. p 24.

[6] TÉLLEZ Valdés, Julio. Supra. p 25

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